jueves, 21 de agosto de 2014

MINUTA DE LA REUNIÒN DEL 20 DE AGOSTO COMISION DE CRISIS -CONSEJO CONSULTIVO COMUNA 5

El mièrcoles 20 de Agosto se realizò la anunciada reuniòn de la Comision de Crisis de la Comuna 5 en el local de La Masa al Sur, Maza 24, Ciudad de Buenos Aires. Los presentes: Sol Triano, Mariano Montenegro, Gustavo Lahoud, Marìa Rosa Cortès y Laura Antoniazzo, trataron los siguientes temas:  Cortes de luz- resarcimientos y subsidios; Facturas de gas - mantenimiento del subsidio.

Cortes de luz – resarcimientos y subsidios

Se produce un intercambio de información sobre la situación de los vecinos de la C5 sobre este asunto y de ideas acerca de cómo aconsejarlos .

a) Resarcimientos
Se considera fundamental que los vecinos lleven un registro de los cortes de luz que han padecido y padezcan ya que eso es parte de la prueba que el usuario tiene para demostrar lo ocurrido. Acota que los vecinos afectados recibieron reintegros de distintos montos a pesar de que habìan sufrido similares cortes de luz. Se resuelve profundizar el tema de los reclamos por resarcimientos y tambièn los distintos modos de exigir a als compañìas de electricidad una prestación eficiente del servicio.

b) Subsidios 
Se conviene en que la realidad es que aún no se ha encarado la revisión de los subsidios al consumo de electricidad que reciben, fundamentalmente, los usuarios de Edenor y Edesur. La mayorìa de ellos recibe el subsidio,  salvo algunos miles de usuarios que residen en Puerto Madero y zonas de Recoleta, entre las principales zonas no-subsidiadas de la Ciudad de Buenos Aires. En cuanto a los casos especiales como por ejemplo tener familia numerosa, estar sin empleo o no tener ingresos suficientes para abonar la factura, en todos esos casos, se haga o no el trámite, se sigue recibiendo el  subsidio.

Se resuelve continuar analizando la factibilidad de hacer una presentacion ante el Defensor del Pueblo , sobre este tema en particular. Factura de gas – mantenimiento del subsidio. Se analiza la mejor forma de informar a los usuarios de gas natural su derecho de reclamar ante la oficina comercial de la empresa el mantenimiento del subsidio, si estuvieran comprendidos en alguna de las  causales que se especifican en el informe adjunto. Se resuelve subir esta información al blog de la Comision de Crisis y proponer a la Asamblea de la C5 que se distribuya a todo el Consejo Consultivo.

Se fija como fecha tentativa para la pròxima reuniòn el Miércoles 24 de Septiembre, a las 17 hs, en La Masa al Sur.

FACTURAS DE GAS – MANTENIMIENTO DEL SUBSIDIO

Los usuarios de gas natural comprendidos en alguna de las causales que se detallan màs abajo, tienen el derecho de concurrir a la oficina comercial de la empresa para reclamar el mantenimiento del subsidio. A ese fin, deberàn llevar el documento de identidad y la documentación que acredite alguna estas causales: 

• Padecer una enfermedad crònica que implica un mayor  consumo del servicio.
• Percibir como ùnico ingreso previsional el equivalente a un haber mìnimo
• Percibir pensiones no-contributivas
• Ser beneficiario de algún plan o programa social
• Tener domicilio afectado por actividades de ìndole social, por ejemplo un instituto, un comedor comunitario, un centro de recuperaciòn, etc.
• Percibir alguna asignación familiar
• Contar con un certificado de discapacidad
• Poseer ingresos familiares insuficientes para afrontar el pago de la tarifa plena 
• Estàr en la ciudad de Buenos Aires y encontrarse exento del pago del ABL
• Poseer una vivienda con caracterìsticas edilicias desfavorables y tener un mayor consumo del servicio, por ejemplo vivienda precaria con familia numerosa o vivienda precaria carente de alguno de los otros servicios pùblicos, por ejemplo que no tenga agua potable distribuida por red
• Poseer una vivienda que tenga un local anexo destinado a la actividad comercial como un pequeño comercio, taller de oficio
• Ser una entidad religiosa que acredita tal condiciòn
• Ser una Asociaciòn Civile sin fines de lucro, una asociación sindical, gremial, mutual, que realicen en el domicilio donde consumen el servicio actividades de ìndole social. 

Estas son las excepciones para poder gestionar el mantenimiento del subsidio.La oficina comercial elevarà la documentación presentada al ENARGAS y èste resolverà si corresponde mantener el servicio. 

Si justifica que se mantenga el subsidio, lo otorgarà por un año. Otorgado el subsidio, sesenta dias antes de que venza el plazo de un año, el usuario deberà volver a presentar la documentación. 

Esto en cuanto a las excepciones. Por otro lado, existen las siguientes alternativas: 

1)Si el usuario hizo una economía como mìnimo de un 20% (veinte por ciento) en la cantidad de metros cùbicos de gas que ha consumido en el perìodo que tiene que pagar comparado con mismo perìodo del año anterior, le mantienen el subsidio.
2)Si la economía que hizo el usuario fue entre un 5% (cinco) y un 20% (veinte) , le mantienen el 50% (cincuenta) del subsidio.
3) En la factura de gas figura el Decreto del Poder Ejecutivo 2067-08, que permite cargar a los usuarios los mayores costos derivados de la importación del gas. Hay dos juicios en tràmite, uno hecho por el Defensor del Pueblo de la Naciòn y otro por 

“Consumidores Libres”. En ambos juicios, la Justicia resolviò que hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo planteada, los usuarios tienen derecho a ir a las oficinas comerciales de la empresa una vez que reciben la factura y pedirles que les hagan una nueva facturación sin ese rubro del Decreto Na 

2067-08. Las empresas estàn instruidas para hacer esa nueva facturación. Cuando se resuelva la cuestión de fondo planteada, que es la inconstitucionalidad del Decreto, porque “Consumidores Libres” sostiene que se trata de un impuesto y por lo tanto debe ser sancionado por el Congreso a travès de una Ley especial y no por el Poder Ejecutivo a travès de un Decreto . Nadie sabe cuàndo va a haber una resoluciòn definitiva. Mientras tanto, los usuarios tienen ese derecho. 

Cuando se resuelva la cuestión de fondo definitiva, si los usuarios ganan el juicio, las facturaciones habràn quedado definitivamente saldadas. Si por el contrario el juicio lo terminara ganando el Poder Ejecutivo porque la Justicia dice que el Decreto es vàlido, las empresas tendràn un crèdito a su favor. En ese caso, el ENARGAS, organismo regulador, tendrà que establecer de què manera los usuarios saldan ese crèdito que tienen con la empresa. Pero mientras tanto, el usuario tiene el derecho de ir a la oficinas comerciales y que le hagan una nueva facturación sin la parte que le corresponde a ese Decreto. 

Fuente: “Consumidores Libres”, Cooperativa Limitada de Provisiòn de Servicios de Acciòn Comunitaria.

Agosto de 2014